dilluns, 29 d’abril del 2013

Documents de 1890



Document 150. Acta 01-01-1890: Elecció d’ Alcalde
“En el pueblo de Belianes á primero de Enero de mil ochocientos noventa /…/ dispuso el Sr. Alcalde que por el infrascrito Secretario se leyeran los Artículos 53 y 54 de la vigente Ley Municipal /…/ Acto continuo ocupó la presidencia interina el Concejal D. Antonio Bellart como candidato con mayoría de votos y declaró posesionado el nuevo Ayuntamiento /…/ Seguidamente, constituido el Ayuntamiento, bajo la presidencia interina de D. Antonio Bellart se procedió al nombramiento de Alcalde presidente /…/ Hecha la votación fue sacando el Sr. Presidente de la urna las mencionadas papeletas y leyéndolas en alta voz el contenido dio el siguiente resultado /…/ ocho votos á favor de D. Cayetano Puig y uno a favor de D. José Massot, fue proclamado Alcalde presidente D. Cayetano Puig y Boladeres por mayoría de votos y pasó á ocupar la presidencia /…/ Acto continuo y en la misma forma se ha procedido á la elección de teniente de Alcalde y verificado el escrutinio dio el siguiente resultado: D. Antonio Bellart Tristany ocho votos, D. Ramón Sauch Cabrol un voto /…/ Acto seguido se pasó á numerar y elegir por orden á los Concejales primero, segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto para que conforme al espíritu y la letra del Artículo 52 puedan sustituirse en la presidencia, siendo votados en el orden siguiente: D. José Carbonell y Proas, Regidor primero, D. Francisco Capdevila y Monfà, segundo, D. José Massot y Duch, tercero, D. Ramón Sauch y Cabrol, cuarto, D. Francisco Inglés y Cabrol, quinto y D. Ramón Sans y Lloreto, sexto /…/  Acto seguido se pasó á la elección de Regidor Síndico, resultando elegido D. Jaime Piqué y Gabarró por mayoría de votos /…/
L’ Alcalde, Gaietà Puig
El Secretari, Magí Trullols

Document 151. Acta 07-03 -1890: Discurs de l’ Alcalde Gaietà Puig i Boladeres
“En el pueblo de Belianes á siete de Marzo de mil ochocientos noventa /…/ con asistencia de D. Manuel Larrosa en concepto de Delegado especial del Muy Ilustrísimo Señor Gobernador Civil de esta provincia á quien el Señor Alcalde ofreció la presidencia que aquel ocupó /…/ tomando parte como Concejal el Señor Alcalde dijo /…/ Ante la Ley escrita, esta Corporación no puede oponerse, ni tampoco se opone á que sean intervenidos ó fiscalizados los fondos que están por la Ley encomendados y perfectamente administrados y aún distribuidos por este municipio y son de su exclusiva competencia, como sin duda alguna así lo demuestra el presupuesto municipal. No se opone, no, el municipio de este pueblo á que intervenga en la recaudación de sus fondos un Delegado ad hoc, nombrado por la primera autoridad civil de la provincia.
Más cumple á la Corporación municipal de Belianes exponer los motivos y causas que cree justas, manifestando el por qué no ha satisfecho con estricta puntualidad sus débitos, esto es, las atenciones de primera enseñanza que se le reclaman: ha sido porque la Administración de Contribuciones Directas de esta provincia ha infringido sin duda alguna el Real Decreto de diez y seis de Julio de mil ochocientos ochenta y nueve, reteniendo en su poder cantidades que no le correspondían, las cuales debía entregar puntualmente á aquel á quien de derecho pertenecían.
Por otra parte si partiera la iniciativa de los centros administrativos y se procurara practicar por los medios factibles la buena, justa y equitativa aplicación de los preceptos ó disposiciones legales, tan sabiamente publicados en España, es indudable que no daría, como ahora resulta evidentemente, falta de armonía y de regularidad, cuyos efectos, si así podemos llamarlos, da de rechazo en contra del municipio por ser quizás el que resulta más débil.
Hablando en general, las limitadas facultades ó atribuciones del municipio están sujetas y supeditadas de continuo á las omnívoras y amplias atribuciones de más altos centros administrativos y ve ahí la razón de por qué el municipio no llegará nunca, si es que no se escoge otro sistema, á tener una administración desahogada y que le permita, en su consecuencia ver satisfechas todas sus obligaciones: en una palabra, ha de ser autónomo: puesto que no es raro ver que transcurren años y más años sin resolver expedientes de cuentas municipales que están presentados en los centros administrativos en los cuales existen cantidades perfectamente reintegrables á la caja municipal por los respectivos cuentadantes: de ello tenemos, por desgracia, un ejemplo en este mismo municipio en los años 1879 á 1883, el déficit que indispensablemente se origina como resultado consiguiente de administraciones pasadas, es y pesa en la administración municipal actual, como losa de plomo. Por este municipio han sido satisfechas á la Caja Especial de Primera Enseñanza la cantidad de mil quinientas cincuenta pesetas desde el dos de Marzo de 1889 hasta hoy día y fiado en este hecho, el municipio de Belianes, no podía sospechar que se adoptasen contra el mismo medidas extremas, sobre todo teniendo en cuenta la crisis agrícola por la cual está atravesando esta provincia y en general todos los que tienen la desgracia de vivir de los productos que rinde la agricultura: el mal sin temor á equivocarnos es general y de ahí lo imposible de poder dar á la recaudación de los impuestos que corren á cargo del Ayuntamiento toda la puntualidad necesaria y conveniente, en una palabra, á pesar de haber hecho lo que humanamente ha sido posible, este Ayuntamiento se ha visto obligado muy á su pesar y contrariado en su voluntad que quedaran sin satisfacer atenciones que esta Corporación considera sagradas. En virtud de lo anteriormente expuesto y considerando que las medidas que en contra de esta Corporación se han adoptado son altamente depresivas puesto que atacan á su decoro y dignidad y, por otra parte, destruyen y anulan los derechos que la Ley Municipal le da y garantiza, por cuyo motivo queda interrumpida y aún rota la buena armonía que entendemos ha de concurrir y existir siempre y sin interrupción alguna entre la representación del Gobierno y la del Municipio, y teniendo en consideración que el conflicto que pudiera en su caso resultar de la lucha moral, esto es de la obstrucción que se supone en la falta de pago en que han quedado atenciones sagradas.
Ante todo y sobre todo, esta Corporación, que es de nombramiento popular, cuyo cargo es honorífico y obligatorio, está resuelta y decidida á evitar el conflicto que prevé ha de surgir indudablemente.
Guardando el respeto y alta consideración que le merece la primera autoridad civil de la provincia, la dignidad y la honra de esta Corporación está en presentar como presenta respetuosamente la dimisión de Concejales al Sr. Gobernador Civil de esta provincia, rogándole que se digne admitirla, quedando así orilladas de una vez todas las dificultades y asperezas que pudieran existir /…/
L’ Alcalde, Gaietà Puig                                                                                          
El Secretari, Magí Trullols                                              
Regidors, Antoni Bellart, Josep Carbonell, Ramon Saüch, Josep Massot, Jaume Piqué i Ramon Sans

Document 152. Acta 04-05-1890: Regles per a satisfer els deutes per Contingents d’anys anteriors
“En el pueblo de Belianes á cuatro de Mayo de mil ochocientos noventa /…/ Ordenó el Sr. Presidente que por el infrascrito Secretario se diese lectura a la Circular de la Excelentísima Comisión Provincial, fecha veinte y nueve de Abril último, inserta en el Boletín Oficial de la Provincia, número ochenta y siete, correspondiente al día 2 del actual en la que haciéndose fiel intérprete de la situación anómala y apurada en que se encuentran la inmensa mayoría de los municipios de esta provincia ha establecido las reglas á que deberán atenerse todos los Ayuntamientos que se hallan en descubierto con la Diputación por Contingente de años anteriores al presente ejercicio de 1889-90 para satisfacer el débito /…/ Que no puede  menos esta Corporación de aceptar como acepta en todas sus partes las bases formuladas en la Circular de que se hace mérito: y que se compromete para en lo sucesivo satisfacer por octavas partes la cantidad de once mil cuarenta y una pesetas ochenta y dos céntimos que se halla adeudando á la Excelentísima Diputación Provincial por Contingente de años anteriores al ejercicio actual. Y por último que se remita copia de este acuerdo para disfrutar de los beneficios que en la predicha Circular se conceden á los Ayuntamientos deudores /…/”
L’ Alcalde accidental, Antoni Bellart
El Secretari, Magí Trullols

Document 153. Acta 19-05-1890: Aprovació definitiva del Pressupost 1890-91
“En el pueblo de Belianes á catorce de Mayo de mil ochocientos noventa /…/ Expuso el Sr. Presidente que confeccionado el Presupuesto Municipal Ordinario para el próximo año económico 1890-91 por la Comisión correspondiente y aprobado por el Ayuntamiento en sesión ordinaria /…/ se procedió al examen, discusión y votación definitiva del presupuesto de gastos é ingresos verificándolo por capítulos y artículos, partida por partida y ascendiendo los ingresos á la suma de doce mil cuatrocientas ochenta y cuatro pesetas un céntimo /…/”
L’ Alcalde, Gaietà Puig
El Secretari, Magí Trullols


Document 154. Acta 14-09-1890: Adquisició d’ un llum o quinqué per a l’escala de la Secretaria i per al servei de la presó
“En el pueblo de Belianes á catorce de Septiembre de mil ochocientos noventa /…/ el concejal Sr. Bellart manifestó que era de indispensable necesidad que el Ayuntamiento se surta de una luz para alumbrar la escalera de la Secretaría durante las horas de la noche que pueda ocurrir el despacho de algún asunto de urgencia /…/ se acuerda conforme y que se adquiera la luz ó quinqué para el servicio de que se ha hecho mérito así como para el servicio de la cárcel durante los días que haya algún preso de tránsito /…/”
L’ Alcalde, Gaietà Puig
El Secretari, Magí Trullols  

Document 155. Acta 14-12-1890: Reial Ordre sobre Organització de les Comarques Agrícoles
“En el pueblo de Belianes á catorce de Diciembre de mil ochocientos noventa /…/ era de proceder se nombrase una Comisión compuesta de algunos Señores mayores contribuyentes á fin que gestione lo necesario para que pueda constituirse, con las formalidades debidas y con arreglo al Real Decreto antes expresado, la Cámara Agrícola /…/ se acuerda nombrar á los contribuyentes D. Luís Catalá, D. Antonio Massot, D. Francisco Tristany y D. Blas Batlle para que practiquen las gestiones necesarias hasta que quede constituida la Cámara Agrícola de que se ha hecho mérito /…/”
L’ Alcalde accidental, Antoni, Bellart
El Secretari, Magí Trullols

Document 156. Acta 21-12-1890: Ofici presentat pel Sr. Pere Elias
“En el pueblo de Belianes á veinte y uno de Diciembre de mil ochocientos noventa /…/ se había nombrado D. Pedro Elías Comisionado para confeccionar el reparto de Consumos correspondiente al año económico actual, en vista de la negligencia que se había observado en los individuos de la Junta repartidora /…/ se hacía oficio á la Junta repartidora comunicándole este acuerdo así como copia del oficio presentado por D. Pedro Elías /…/”
L’ Alcalde, Gaietà Puig
El Secretari, Magí Trullols

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